CreoEnOviedo - ⚠️ Nuevas medidas Covid para Asturias

⚠️ Nuevas medidas Covid para Asturias

⚠️ Nuevas medidas Covid para Asturias

El Principado publicó esta semana en el BOPA 📃 el decreto que modifica las medidas frente a la crisis sanitaria ocasionada por el covid-19.

Os dejamos un resumen de las principales novedades ¡esperamos que sea de vuestra utilidad! 💙

 

🏡 En el ámbito social

🔹 Toque de queda a las 22:00 horas.

🔹 Se recomienda el autoconfinamiento, limitación de la actividad social y aplazamiento de actividades no fundamentales. Disminuir la movilidad entre diferentes zonas de Asturias y especial protección a las personas mayores de 65 años y población vulnerable.

🔹 No se podrá fumar en la vía pública o en espacio al aire libre cuando no se pueda garantizar una distancia mínima interpersonal de 2 metros.

🔹 Se suspende la actividad presencial universitaria.

 

🛍️ Establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales, centros y parques comerciales

🔹Se adelanta el horario de cierre a las 20:00 horas. *El horario de apertura podrá comenzar a las 6:00 horas

🔹 Servicio de entrega a domicilio y recogida en el local bajo pedido previo hasta las 22:00 horas.

🔹 Máximo 30% del aforo total del establecimiento. *En locales distribuidos de varias plantas, se deberá guardar esa misma proporción en cada planta

🔹 No se permitirá la permanencia de clientes en las zonas comunes de centros y parques comerciales, excepto para el mero tránsito entre los establecimientos, y queda prohibida la utilización de las zonas recreativas, que deberán permanecer cerradas.

 

🍴 Establecimientos de hostelería y restauración y terrazas

🔹 Se adelanta el horario de cierre a las 20:00 horas. *No se podrán admitir nuevos clientes a partir de las 19:30

🔹 El servicio de recogida en el local bajo pedido previo que se extenderá hasta la 22:00 horas.

🔹 Servicios de entrega de comida a domicilio hasta las 23:30.

🔹 Se prohíbe fumar en las terrazas de los establecimientos de hostelería sin ningún tipo de excepción. *Limitación aplicable a cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados.

 

En el siguiente enlace encontraréis información completa sobre las medidas adoptadas: Disposiciones BOPA en materia de coronavirus COVID19

 

¡Mucho ánimo a tod@s! ¡Ya falta menos 💪!